Este post está dedicado a los pequeños emprendedores que quieren comenzar con un negocio pero no están seguros de si dar el primer paso o como darlo:
Tener que pagar la cuota de autónomos es una de las razones que mas tiran atrás a muchos emprendedores a la hora de empezar con su nuevo negocio o idea empresarial. Y es comprensible, mucha gente no sabe ni siquiera si su idea de negocio puede tener cabida o éxito en el mercado y ya el gobierno les exige una cuota mensual más cara que la luz o el teléfono a pagar de manera mensual.
Y no importa por mucho descuento que permitan aplicar para ayudar a los emprendedores el primer año (a fecha de escritura de este artículo son 60€ mensuales los primeros 12 meses).
Pues bien, hemos querido abrir este post para ayudarte a saber en que casos debes o no pagar la cuota de autónomos de la seguridad social, así como opciones y alternativas viables a esta fórmula fiscal.
Hacienda vs seguridad social - No son lo mismo
La duda más común que suele aparecer al principio del debate es la necesidad de pagar a hacienda. Es importante destacar que son dos entidades diferentes, y que aunque una cruce datos con la otra, ninguna de ellas se encarga de resolver los problemas con la otra. Es decir, que si tienes un problema con Hacienda de pago de impuestos, la seguridad social no va a encargarse de que pagues a hacienda, ni hacienda se encargará de que pagues a la seguridad social. Son dos entidades completamente separadas y cada una tiene sus reglas. Si te apañas con una, la otra no te molestará al respecto.
La cuota de autónomos se paga a la seguridad social, mientras que el IVA, el impuesto de sociedades y el IRPF se pagan enteramente a hacienda.
¿Qué dice hacienda?
Hacienda establece la obligatoriedad de pagar la cuota a la seguridad social de autónomos a la hora de iniciar ninguna empresa. Hay varias fórmulas a la hora de montar una sociedad o empresa que ahora mismo no vienen al cuento, pero al final se establece la obligación de pagar. Eso sí, es importante destacar que Hacienda no te va a forzar a que te hagas autónomo para iniciar trámites burocráticos con ellos.
Como bien hemos dicho antes, son dos entidades completamente separadas y cada una tiene sus propios lios burocráticos y follones, por lo que a menos que estés defraudando cientos de miles de euros en impuestos, van a estar muy atareadas haciendo cada una lo suyo respectivamente para asegurarse de que pagas los impuestos que te correspondan.
¿Qué dice la seguridad social?
La seguridad social también establece la necesidad de pagar la cuota de autónomos a la hora de empezar una actividad o un negocio empresarial. Aquí teneis sacado de su página web un listado que establece el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos - existiendo desde el 1 de enero del 2019 una base elegida entre 944€ mensuales y una máxima cotización de 4070€ mensuales.
Y tiene sentido, igual que los trabajadores por cuenta ajena se les descuetna una cantidad de su sueldo que recibe la seguridad social, pues el autónomo también tiene la obligación de pagar su parte del pastel.
Ahora bien, ¿qué es lo que ocurre si yo trabajo en un sector bastante especializado y me surge por ejemplo la posibilidad de dar clases de lo que yo hago dos o tres tardes a la semana para ganarme unos euros extra y profesionalizarme un poco mas en el oficio. ¿Estaría obligado a declararme como autónomo?
Y es aquí donde entra el berenjenal. Ya que la seguridad social solo puede obligarte a pagar la cuota de autónomos si se trata de tu trabajo profesional que realices de manera primaria, que ocupe tu tiempo, y que supere siempre el salario mínimo interprofesional - que en España desde el Real decreto 1462/2018 del 21.12 de 2018 se establece de 900€ al mes.
Existen muchos casos de jurisprudencia en los que la seguridad social ha cargado contra ciudadanos pero la justicia les ha quitado la razón.
¿Cómo empiezo?
En España, deberás acudir a una oficina de hacienda y rellenar el modelo 037 para darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. (os dejamos el link de la agencia tributaria aqui)
Una vez dados de alta, podréis comenzar a emitir facturas, que tendréis que guardar para su futura administración. En función de vuestra actividad tendréis que pagar un tipo de IVA, y si vuestros clientes son profesionales también, tendréis que practicarles la retención correspondiente.
Con respecto a la seguridad social, siempre es aconsejable empezar a pagarla cuanto antes - porque si empezamos bien puede ser dificil explicar como no nos daba para vivir ese negocio . No obstante, son dos agencias completamente independientes y independientemente de la forma en la que crucen datos, mientras no estéis cometiendo ninguna actividad irregular, no os pondrán ninguna pega.
¿Qué otras alternativas tengo?
Otras alternativas pueden consistir por ejemplo, si vas a trabajar en un mercado a través de internet. Puedes operar a través del mercado único europeo en otros paises.
Estonia, por ejemplo, tiene un programa de ciudadanía electrónica que permite a cualquier ciudadano del mundo crear una cuenta y operar online a través de Estonia. Todo el papeleo burocrático simplificado para poder emitir y recibir cobros a través de Estonia en un país miembro de la unión europea y acceso al mercado único.
Os dejamos un video del youtuber Carlos Azaustre en el que explica el proceso y os dejamos con una reflexión de lo que puede conseguir una hacienda digital bien organizada de un país hoy en día : Recaudar impuestos de forma legal de otros países sencillamente ofreciendo un mejor servicio. Como uber y los taxistas. Es una forma muy efectiva de generar un nuevo mercado que mueve miles de millones de euros en beneficios para su país. Un aplauso por la idea que han tenido.
...hashtag #mejoremosHacienda.